¿Qué implica la nueva normativa que prohíbe las llamadas comerciales desde móviles?
Desde el 7 de junio de 2025 ha entrado en vigor en España una regulación que cambia las reglas del juego para las empresas: queda prohibido realizar llamadas comerciales desde números móviles (los que comienzan por 6 o 7). En Barcelona y alrededores, esto afecta a pymes, autónomos y grandes compañías que hasta ahora confiaban en móviles para contactar o dar soporte a clientes.
Esta medida surge como respuesta a la avalancha de estafas telefónicas y llamadas spam, cada vez más frecuentes y peligrosas. Si tu empresa aún utiliza móviles para actividades comerciales, es imprescindible adaptarse para seguir en conformidad legal y mantener la confianza de los clientes.

¿En qué consiste esta nueva regulación?
La nueva obligación, establecida en la Orden TDF/149/2025 del Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, prohíbe expresamente:
- Realizar llamadas comerciales, de televenta o atención al cliente desde móviles (prefijos 6 y 7).
- Bloquear llamadas y SMS con numeraciones no asignadas, manipuladas o de origen internacional simulado.
- Mantener las anteriores restricciones sobre llamadas sin consentimiento, ahora reforzadas con la imposibilidad de realizar llamadas comerciales desde móviles.
¿Qué números sí están permitidos para llamadas comerciales?
A partir del 7 de junio de 2025, las empresas deben utilizar exclusivamente:
- Números fijos geográficos (ej. prefijos 93, 91).
- Números gratis con sufijos 800 o 900.
- Números cortos o específicos asignados por los operadores (por ejemplo, 1004).
Estas numeraciones facilitan la identificación para el usuario, reducen las fingidas llamadas fraudulentas y disminuyen el riesgo de fraude.
Comparativa: antes y después del 7 de junio
Elemento | Antes (con móviles) | Ahora (con fijos / 800) |
Reconocimiento de la llamada | Bajo | Alto |
Confianza del usuario | Limitada | Mucho mayor |
Riesgo de fraude | Elevado | Reducido |
Posibilidad de sanción | No aplicable | Sí (hasta 2 M €) |
¿En qué contexto surge este cambio?
- Epidemia de estafas: desde marzo de 2025 los operadores han bloqueado más de 14 millones de llamadas sospechosas y unos 10.000 SMS diarios.
- Medidas antifraude integrales: incluyen bloqueo automático de spoofing, limitaciones a llamadas internacionales simuladas y la creación de una base de datos pública para validar SMS con códigos alfanuméricos.
- Contexto europeo: esta regulación se suma a iniciativas similares en Francia, Alemania, Bélgica y Finlandia, que han logrado reducciones significativas en fraudes telefónicos.
Riesgos y errores comunes al no adaptarse
- Uso continuado de móviles: algunas empresas seguirán utilizando móviles incluso con consentimiento, exponiéndose a sanciones graves.
- Falta de formación: empleados que no conocen bien la normativa pueden incumplir sin saberlo.
- Destino inconsistente para atención y ventas: utilizar distintos canales sin identificar claramente su naturaleza comercial puede activar bloqueos por parte de operadores.
- Pérdida de oportunidades: los clientes evitarán responder llamadas no identificadas, lo que puede generar fricción en ventas o soporte.
Ventajas de trabajar con un proveedor local en Barcelona
- Asesoramiento personalizado y adaptación rápida al cambio normativo.
- Disponibilidad inmediata en Barcelona, L’Hospitalet, Badalona, Sabadell o Terrassa.
- Formación in situ a equipos de ventas y atención al cliente.
- Implementación lista para usar de líneas 800/900, fijas y números cortos.
- Rapidez y flexibilidad para hacer ajustes cuando la normativa evolucione..
¿Qué incluye el servicio para adaptarse?
- Instalación y gestión de líneas fijas geográficas, números gratuitos (800/900) y líneas cortas.
- Integración en tu centralita de empresa o virtual con desvíos, IVR, colas de llamada.
- Formación a tu equipo comercial y de soporte.
- Actualizaciones sobre la base legal y bloqueos activos.
- Soporte continuo para cambios territoriales o legislativos.
- Sin permanencias forzadas y con posibilidad de escalado si necesitas más canales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir llamando a clientes con móviles propios si ya han dado consentimiento?
No. La prohibición aplica a segmentaciones comerciales o atención al cliente desde móviles, aunque haya consentimiento previo.
¿Qué pasa si llamo desde un móvil por error puntual?
Aunque sea puntual, su empresa se expone a una multa de hasta 2 millones de euros y posibles sanciones accesorias.
¿Y si tengo un número internacional?
Las llamadas internacionales que simulen ser de España serán bloqueadas. Solo se permiten llamadas legítimamente internacionales que no suplantan números nacionales.
¿Cuál es el plazo de adaptación?
La orden se publicó en febrero y se activó oficialmente el 7 de junio, marcando el inicio del cumplimiento obligatorio.
¿Tu empresa está en Barcelona y aún realiza llamadas comerciales desde móviles? Adaptarse a la nueva normativa es esencial para garantizar legalidad, confianza y seguridad.
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